Colombia

Conozca las fechas para presentar la declaración de renta en Colombia

En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus, el Gobierno Nacional de Colombia amplió los plazos y actualizó las fechas para la presentación de la declaración de renta.

A través del Decreto 520 del 6 de abril de 2020, el Gobierno modificó los plazos para el pago de las cuotas, así como también para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior.

La DIAN señaló que los grandes contribuyentes presentarán la declaración de renta del año gravable 2019 entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.

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Asimismo, el pago de la segunda cuota del impuesto quedó para el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020, también dependiendo del último dígito del NIT. Esta segunda cuota es del 45 % del saldo a pagar del año gravable 2018.

La tercera cuota se cancelará entre el 9 y el 24 de junio de 2020, dependiendo del último dígito del NIT.

Con relación a la declaración anual de activos en el exterior, los grandes contribuyentes deberán presentarla entre el 9 y el 24 de junio de 2020, también regulados por el último dígito del NIT.

Declaración de renta para personas jurídicas en Colombia

Para la declaración de renta de las personas jurídicas también se les amplió el plazo: las nuevas fechas de pago son entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020, de acuerdo con los 2 últimos dígitos del NIT.

Asimismo, deberán pagar la primera cuota del impuesto entre el 21 de abril y el 19 de mayo de 2020, según los 2 últimos dígitos del NIT.

A continuación les presentamos las nuevas fechas:

PAGO SEGUNDA CUOTA

El pago de la segunda cuota del impuesto se deberá hacer entre el 21 de abril y el 5 de mayo de 2020. Foto: DIAN

DECLARACIÓN DE RENTA Y PAGO TERCERA CUOTA

La tercera cuota de la declaración de renta se cancelará entre el 9 y el 24 de junio de 2020. Foto: DIAN

PAGO PRIMERA CUOTA PERSONAS JURÍDICAS

El pago de la primera cuota para la persona jurídica es entre el 21 de abril y el 19 de mayo de 2020. Foto: DIAN

DECLARACIÓN  Y PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA

La segunda cuota de este impuesto para persona jurídica se cancelará entre el 1 de junio y el 1 de julio de 2020. Foto: DIAN

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