El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Tedh) avaló que las autoridades alemanas retiraran parcialmente la autoridad parental durante tres semanas a los cuatro hijos de una pareja que se negaba “obstinadamente” a llevarlos a la escuela.
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El Tribunal de Estrasburgo establece en su sentencia que la obligación de escolarizar a los niños para su integración “representa un motivo pertinente que justifica la privación parcial de la autoridad parental”.
Coincide con los tribunales alemanes en que “los padres pusieron en peligro a sus hijos al no enviarlos a la escuela y preferir mantenerlos en un sistema familiar simbiótico”.
Para los jueces europeos, los hijos de Petra y Dirk Wunderlich vivían aislados, sin contacto fuera de su familia y con riesgo para su integridad física.
Por eso estiman que las autoridades germanas alcanzaron un equilibrio justo entre el interés superior de los niños y el de los padres, sin sobrepasar su margen de apreciación.
Los esposos Wunderlich, nacidos en 1967 y 1966, tienen hijos nacidos entre 1999 y 2005. Rechazaron inscribir a la hija mayor en la escuela y en su lugar abonaron las multas impuestas.
Entre 2008 y 2011, la familia residió fuera de Alemania. A su regreso, los padres no escolarizaron a ninguno de los hijos.
Un tribunal de asuntos familiares privó a los padres de decidir el lugar de residencia de los hijos y los menores fueron transferidos a los Servicios de la Juventud para regularizar su escolarización.
Ese organismo intentó en 2012 y 2013, en vano, evaluar los conocimientos escolares de los hijos.
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Una vez rechazados los recursos presentados por los padres, los niños fueron entregados durante tres semanas a un hogar de acogida, entre agosto y septiembre de 2013.
Tras asistir de forma regular a la escuela entre 2013 y 2014, los padres dejaron de llevar a sus hijos al colegio en junio de 2014 y dos meses después les fue restituido el derecho a decidir el lugar de residencia de los menores.
El matrimonio Wunderlich, que presentó en 2015 su demanda ante el Tribunal de Estrasburgo en la que invocaba el derecho al respeto de la vida privada y familiar, tiene ahora un plazo de tres meses para recurrir la sentencia favorable a Alemania.
Con información de EFE.
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