Después de más de un mes de la salida del país del presidente encargado Juan Guaidó en su gira por América del Sur, el Tribunal Supremo de Justicia decidió en Sala Plena solicitarle a la Asamblea Nacional Constituyente ilegítima el levantamiento de la inmunidad del también presidente de la Asamblea Nacional y calificó de desacato su salida del país.
El presidente del TSJ, Maikel Moreno, leyó ante periodistas una decisión a ser remitida a la Asamblea Nacional Constituyente “a los fines del allanamiento a la inmunidad parlamentaria del referido ciudadano Juan Gerardo Guaidó”.
Además, Moreno comunicó que la sentencia ratifica las medidas cautelares previamente impuestas a Guaidó: prohibición de salida del país, prohibición de enajenar bienes y bloqueo de cuentas bancarias. Y finalmente, le impone una multa de 200 unidades tributarias.
Por su parte, el magistrado de la Sala Social del TSJ, Danilo Mojica, dijo vía Twitter a pocos minutos del comunicado que salvó su voto en la decisión de la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia que solicita el allanamiento de la inmunidad a Juan Guaidó.
Salvé mi voto, decisión Sala Plena q autoriza en enjuiciamiento a JUAN GUAIDÓ sin Antejuicio de Mérito.
— danilomojica, Ph.D (@danilomojica) 1 de abril de 2019
De acuerdo al diputado y abogado constitucionalista, Juan Miguel Matheus, la sentencia viola el derecho venezolano ya que según los artículos 200 de la Constitución y 25 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional el único órgano que puede allanar la inmunidad parlamentaria de los diputados de la República es la Asamblea Nacional.
También el abogado, Juan Manuel Raffalli, dijo que la sentencia es inconstitucional:
No hay allanamiento de la inmunidad parlamentaria para enjuiciar a un Diputado sin autorización previa de la Asamblea Nacional. Si lo hacen al amparo de la ANC ilegítima esa actuación del TSJ será igualmente inconstitucional. Ojo el foco es el colapso de la luz y agua.
— Juan Manuel Raffalli (@juanraffalli) 1 de abril de 2019